Preguntas frecuentes2024-06-03T14:24:01+02:00

Preguntas
frecuentes

¿Quién debe implementar un canal de denuncias?2024-04-09T11:09:31+02:00
  • Las empresas que tengan 50 o más personas trabajadoras.

  • Con independencia del número de personas trabajadoras en plantilla, las empresas que presten servicios en las materias previstas en el artículo 10:

    • Productos y mercados financieros
    • Prevención del blanqueo de capitales o de la financiación del terrorismo.
    • Seguridad del transporte.
    • Protección del medio ambiente.
    • Las que desarrollen en territorio español actividades a través de sucursales, agentes, o mediante la prestación de servicios sin establecimiento permanente.
  • Las organizaciones sin ánimo de lucro, fundaciones, partidos políticos, sindicatos, organizaciones empresariales que gestionan fondos públicos y universidades.

  • Las personas jurídicas del sector privado que tengan entre 50 y 249 trabajadores.

  • Todas las entidades que integren el sector público. Cabe destacar que los ayuntamientos con poblaciones con menos de 10.000 habitantes, podrán compartir medios para recibir y gestionar las denuncias internas.

¿Qué es un canal de denuncias interno?2024-04-09T11:08:51+02:00

Un instrumento a través del cual las entidades obligadas puedan canalizar cualquier denuncia de acciones u omisiones que supongan infracciones del derecho de la Unión Europea, o constitutivas de infracción pena o administrativa grave o muy grave.

¿Quién será responsable?2024-04-09T11:10:29+02:00

La norma concreta la necesidad de un responsable del sistema interno de información o un órgano colegiado al efecto.

Tanto el nombramiento como el cese de la persona designada, así como de las integrantes del órgano colegiado, deberán ser notificados a la Autoridad Independiente de Protección del informante (A.A.I.)

La gestión del sistema interno de información se podrá ceder a un tercero. Éste tendrá la consideración de encargado del tratamiento a los efectos de lo dispuesto en los artículos 26 y 28.3 RGPD.

¿Qué debe garantizar el canal de denuncias?2024-04-09T11:28:58+02:00

La Ley 2/2023 establece que un canal de denuncias obligatorio en España debe cumplir los siguientes requisitos:

  • Permitir la comunicación sobre infracciones.

  • Contar con los medios necesarios para asegurar la autenticidad, identidad y confidencialidad del denunciante, del denunciado y los testigos. Para ello se implementarán las medidas de seguridad adecuadas (no muy diferente a las medidas de seguridad que se deben adoptar en protección de datos).

  • Garantizar la protección de datos.

  • El establecimiento de garantías para la protección a los informantes.

  • Disponer de un procedimiento interno de gestión de las informaciones recibidas.

  • Permitir las comunicaciones por escrito, verbalmente (o ambos modos)

  • Condiciones de protección siempre que concurran ciertas circunstancias.

  • Se emitirá un acuse de recibo de la denuncia en un plazo no superior a 7 días desde su recepción.

  • Solo podrán acceder a las denuncias el personal autorizado.

  • Prohibición de represalias y medidas para la protección de las personas afectadas.

  • Medidas de apoyo para los comunicantes: información, asesoramiento, asistencia…

  • Medidas de protección para las personas afectadas: durante la tramitación del expediente, las personas afectadas por la comunicación tendrán derecho a la presunción de inocencia.

  • Supuestos de exención y atenuación de la sanción: en determinados supuestos (cese en la comisión de la infracción, colaboración, reparación del daño o haberlo procurado, etc, podrá eximirse el cumplimiento de la sanción administrativa.

Otros de los requisitos del canal de denuncias es establecer las siguientes garantías para los denunciantes:

  • Se les proporcionará información y asesoramiento respecto a cualquier procedimiento del canal de denuncias y recursos a su disposición.
  • Asistencia de las autoridades competentes para garantizar su protección frente a posibles represalias.
  • Asistencia financiera y otras medidas de apoyo al denunciante, en el marco de un posible proceso judicial.

Respecto al canal de denuncias para grupo de empresas, estos deberán tener un régimen común para todas sus sociedades y habilitar un canal de denuncia interno para todo el grupo.

¿Qué plazos ha dispuesto la norma para implementar el canal de denuncias?2024-04-09T11:29:46+02:00

La Ley 2/2023 establece que las empresas con más de 50 empleados en plantilla han de implantar canales de denuncias eficaces, y señala dos fechas límite:

  • El 13 de junio de 2023 finalizó el plazo para las empresas con más de 249 empleados.
  • El 1 de diciembre de 2023 para las que tengan entre 50 y 249 trabajadores y los municipios con menos de 10.000 habitantes.
¿Cómo implementar el canal de denuncias obligatorio en tu empresa?2024-04-10T08:39:46+02:00

Para saber cómo implementar el canal de denuncias en España hay que acudir a la Ley 2/2023, en la que se explica los procedimientos que se deben realizar para poner en marcha el canal de denuncias interno obligatorio, así como los requisitos para su correcto funcionamiento.

Pasos a seguir2024-04-10T08:53:35+02:00
  • Elegir el tipo de gestión del canal de denuncias, es decir, si será interno o de gestión externa.
  • Elegir qué vías de comunicación se van a emplear, siendo lo más recomendable el canal de denuncias digital.
  • Nombrar al responsable del canal de denuncias.
  • Elaborar el reglamento del canal de denuncias y la política del canal de denuncias.
  • Establecer el método de recepción, gestión, tramitación e investigación de las denuncias.
  • Llevar un registro de todas las denuncias recibidas, resueltas y archivadas.
  • Comunicar la puesta en marcha del canal de denuncias a la Autoridad de Protección del Informante correspondiente.
  • Difundir la existencia del canal de denuncias entre la plantilla.

Si tienes dudas sobre cómo implementar un canal de denuncias en tu empresa o no tienes tiempo para dedicarle o careces de los conocimientos para ello, lo más recomendable es que contrates los servicios de un canal de denuncias de gestión externa con una consultoría, como RCB Asesoría Tecnológica; nuestros expertos se encargarán de todo el proceso de implementación y de la propia gestión, evaluación y seguimiento de las denuncias recibidas en el canal, así como te ofrecerán sus abogados asesoramiento jurídico sobre medidas correctoras a adoptar.

¿Qué sucede si tu organización incumple la obligación del canal de denuncias?2024-04-10T08:56:50+02:00

La normativa establece diferentes sanciones por no tener un canal de denuncias, por obstaculizar su funcionamiento o la labor de sus gestores, por vulnerar la confidencialidad y el anonimato del canal o tomar represalias contra los denunciantes, entre otras acciones castigadas por el régimen sancionador.

Las infracciones contempladas en esta Ley se castigarán con multas que actúen como elemento disuasorio de las irregularidades.

Si los responsables de la infracción son personas físicas, se les impondrá una multa:

  • De 1.001 a 10.000 euros por la comisión de infracciones leves
  • De 10.001 a 30.000 euros por la comisión de infracciones graves
  • De 30.001 a 300.000 euros por la comisión de infracciones muy graves

Si la infracción es imputable a personas jurídicas, se les impondrá una multa:

  • De hasta 100.000 euros en caso de infracciones leves
  • De 100.001 a 600.000 euros en caso de infracciones graves
  • De 600.001 a 1.000.000 euros en caso de infracciones muy graves

Además, en caso de infracciones muy graves, la Autoridad Independiente para la Protección de los Denunciantes puede decidir imponer:

  • Amonestación pública
  • La prohibición de obtener subvenciones u otros beneficios fiscales durante un período máximo de cuatro años
  • Prohibición de contratar con el sector público por un período máximo de tres años.
Contrata expertos en canales internos de denuncias para todo tipo de entidades y organizaciones, ¿Necesitas ayuda para crear el canal de denuncias obligatorio de tu empresa?2024-04-10T08:58:54+02:00

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